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Las restricciones por semáforo rojo se aplicarán en CDMX y en el Estado de México del 19 de diciembre de 2020 al 10 de enero de 2021, esto luego del aumento en los casos por Covid-19 que se ha presentado en ambos estados de México.
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El semáforo epidemiológico se encuentra en rojo por lo que solamente podrán seguir operando las actividades esenciales consideradas por el Gobierno de México dentro de la nueva normalidad.
Échale un vistazo: ¿Cuáles son las actividades esenciales en semáforo rojo?
El anuncio del cambio de semáforo a rojo fue dado a conocer el 18 de diciembre por Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno de CDMX, Alfredo del Mazo, gobernador del Estado de México, y Hugo López-Gatell, subsecretario de Salud.
Las restricciones por semáforo rojo en CDMX se dieron a conocer en la Gaceta Oficial del 18 de diciembre de 2020.
En la Gaceta Oficial CDMX del 18 de diciembre se especifican las actividades esenciales que podrán operar bajo las respectivas medidas sanitarias en CDMX.
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Aquí puedes ver la gaceta completa.
En semáforo rojo solamente operan con normalidad las actividades esenciales, estas son:
1. Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México
2. Sector farmacéutico
3. Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
4. Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales
5. Elaboración y venta de pan
6. Tortillerías
7. Abarrotes, misceláneas y recauderías
8. Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México
9. Veterinarias y venta de alimento para animales
10. Lavanderías
11. Tintorerías
12. Jarcierías
13. Servicios de mudanza
14. Servicios de mantenimiento
15. Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
16. Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
17. Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)
18. Servicios notariales
19. Sector energético
20. Generación y distribución de agua potable
21. Industria de alimentos y bebidas
22. Mercados
23. Supermercados
24. Tiendas de autoservicio
25. Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría
26. Producción agrícola, pesquera y pecuaria
27. Agroindustria
28. Industria química
29. Servicios de mensajería y comercio electrónico
30. Servicio postal
31. Seguridad privada
32. Asilos y estancias para personas mayores
33. Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
34. Telecomunicaciones y medios de información
35. Servicios de emergencia
36. Verificentros
37. Servicios funerarios y de inhumación
38. Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales
39. Talleres mecánicos
40. Refaccionarias
41. Manejo de residuos sólidos
42. Industria de la construcción
43. Minería
44. Industria manufacturera
45. Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
46. Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje. Dicho porcentaje de aforo no aplica para hospedaje de personal de salud, refugiados o migrantes que estén por convenio con organismos internacionales
47. Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México.
** Tianguis y mercados sobre ruedas solo pueden vender productos de la canasta básica y alimentos para llevar.
Algunas de las actividades no esenciales en CDMX en semáforo rojo son tiendas departamentales, plazas y centros comerciales. Estos deberán permanecer cerrados del 19 de diciembre de 2020 al 10 de enero de 2021.
Mientras que los negocios que operen como actividades no esenciales pero que, en su interior, cuenten con farmacias, bancos o venta de alimentos preparados para llevar, deberán permanecer cerrados, con excepción de estas áreas.
Las romerías, verbenas, fiestas patronales, posadas o cualquier otro festejo similar en los pueblos, barrios y colonias de la Ciudad de México, que implique la concentración de personas quedan prohibidos.
Queda prohibida la venta de alimentos preparados en vía pública.
Hasta el 18 de diciembre de 2020, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) compartió que el programa Hoy No Circula operará de manera normal en CDMX y Zona Metropolitana.
En Navidad y Año Nuevo, los aeropuertos y centrales de autobuses en CDMX y Estado de México suelen ser puntos de alta concentración de personas pero, al tratarse de puntos de transportación son considerados como actividades esenciales.
Checa esto: Cenas de Navidad y Año Nuevo a domicilio o para llevar en CDMX
El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) informó en sus redes sociales que operará de manera normal con medidas sanitarias como:
El 17 de diciembre de 2020, la Secretaría de Relaciones Exteriores anunció la suspensión temporal del servicio de emisión de pasaportes en CDMX a partir del sábado 19 de diciembre de 2020.
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Si necesitas realizar este trámite por una emergencia (de salud, académica, laboral o de reunificación familiar) puedes enviar un correo electrónico a supervisiondgd@sre.gob.mx.
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